Emitir una factura con operaciones exentas
Las operaciones con otros países se emiten sin cuota de IVA. Cada supuesto tiene su casilla, su mención en el PDF y su tratamiento en los Modelos 303 y 349.
Antes de empezar
- Acceso a Facturación > Emitir Factura en el portal, con permiso para emitir facturas.
- Receptor con NIF o identificador fiscal. Una factura simplificada sin NIF no admite entrega intracomunitaria ni servicios a otro Estado miembro.
- Emisor con IVA para los servicios a otros países. Con IGIC solo existe la exportación; con IPSI o IGI, la exportación y la entrega intracomunitaria.
- NIF-IVA del receptor de la UE con el prefijo de su país.
Paso 1. Indicar el país y el identificador del receptor
En la sección Receptor, elegir País y escribir el NIF / CIF con prefijo. Fuera de la UE aparece Tipo de identificación.
Paso 2. Abrir el grupo de operaciones exentas
En la sección Documento, abrir el bloque Régimen fiscal especial y localizar el grupo Territorio y operaciones exentas.
Paso 3. Marcar la casilla de la operación
Marcar la que corresponda:
- Exportación exenta (Art. 21 LIVA): bienes que salen del territorio del IVA.
- Entrega intracomunitaria exenta (Art. 25 LIVA): bienes enviados a otro Estado miembro.
- Servicio a empresario de otro Estado miembro (inversión del sujeto pasivo, art. 196 de la Directiva 2006/112/CE).
- Servicio a empresario de fuera de la Unión (no sujeto, art. 69.Uno.1.º LIVA).
Paso 4. Aplicar la sugerencia del sistema
Con un receptor de otro país, la lista Antes de emitir propone la opción con un botón. Nada se aplica sin pulsarlo:
- Aplicar: prestación de servicios: marca el servicio a empresario del país del receptor.
- Aplicar: entrega de bienes: marca la entrega intracomunitaria o la exportación.
Paso 5. Revisar la clave del Modelo 349
Con receptor de la UE, Clave del Modelo 349 propone E en entregas y S en servicios. Una clave manual se respeta.
Paso 6. Revisar y emitir
Revisar Antes de emitir, pulsar Emitir factura y confirmar en el diálogo «Emitir factura definitiva». El PDF imprime la mención del supuesto elegido.
Resultado
La factura se emite sin cuota, con la mención del supuesto al pie del PDF. Los Modelos 303 y 349 leen la operación de la propia factura.
Casillas de operaciones con otros países
| Campo | Qué admite | Obligatorio | Efecto |
|---|---|---|---|
| Exportación exenta (Art. 21 LIVA) | Casilla | No | Líneas a 0 %. Mención «Operación exenta por exportación (Art. 21 LIVA).» Modelo 303, casilla 60. |
| Entrega intracomunitaria exenta (Art. 25 LIVA) | Casilla (no con IGIC) | No | Líneas a 0 %. Mención «Entrega intracomunitaria exenta (Art. 25 LIVA).» Modelo 303, casilla 59; Modelo 349, clave E. |
| Servicio a empresario de otro Estado miembro | Casilla (solo IVA) | No | Líneas a 0 % y calificación N2. Mención del art. 196 de la Directiva. Modelo 303, casilla 59; Modelo 349, clave S. |
| Servicio a empresario de fuera de la Unión | Casilla (solo IVA) | No | Líneas a 0 % y calificación N2. Mención de no sujeción por localización. Modelo 303, casilla 120. |
| Clave del Modelo 349 | Sin clave, E, S, T, M, H, R, D o C | No | Clasifica la operación en el Modelo 349. Solo con receptor de la UE. |
| País · Tipo de identificación | Lista de países · códigos de identificación de terceros | No | Decide si el receptor es de la UE o de un tercer país. |
Problemas frecuentes
- «La inversión del sujeto pasivo y la entrega intracomunitaria exigen un receptor con NIF: emítela como factura completa.»
- El tipo de documento es una factura simplificada sin NIF. Cambiar a Factura completa e informar el NIF del receptor.
- «El NIF UE … no aparece como válido en VIES. Verifica antes de emitir.»
- El NIF-IVA está mal escrito o sin prefijo de país. Corregirlo antes de emitir.
- «Sin NIF-IVA válido se presume consumidor final: lo habitual es repercutir IVA.»
- Sin NIF-IVA válido no se acredita que el receptor sea empresario. Confirmar el NIF o repercutir IVA.
- No aparece la casilla de servicios o de entrega intracomunitaria
- Los servicios a otros países solo existen con IVA. La entrega intracomunitaria no existe con IGIC.
- Factura ya emitida con la operación mal calificada
- Solo se corrige con una factura rectificativa. Elegir el motivo «Error en el importe, la base, el IVA o el IRPF».
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