Registrar la aprobación de las cuentas por la junta desde el portal
Las cuentas aprobadas por la gestoría aparecen en el portal del cliente. Su titular registra la fecha del acuerdo de la junta, que la gestoría usa después para depositarlas.
Antes de empezar
- Cuentas anuales generadas con el balance cuadrado. Solo las cuentas aprobadas o depositadas llegan al portal; un borrador no.
- Acceso al área fiscal del panel. El cliente accede como titular de su portal.
- Sección Modelos Fiscales y Calendario activa en el portal del cliente, que es la que habilita Cuentas Anuales. Viene activada por defecto.
Paso 1. Aprobar las cuentas
En Operaciones > Contabilidad > Cuentas Anuales, abrir el detalle de las cuentas en Borrador y pulsar Aprobar (1). Confirmar con Aprobar.
Paso 2. Anotar la fecha de la junta, si se conoce
En la pestaña Registro Mercantil, completar Fecha de aprobación en Junta (art. 164 LSC) (1) y pulsar Guardar fechas (2). El portal la ofrece precargada.
Paso 3. Qué muestra el portal del cliente
Pasos del portal del cliente, sin captura.
- En el menú del portal aparece Cuentas Anuales. La tabla muestra Ejercicio, Resultado, Aprobación de la junta, Depósito y Ver.
- Con Ver se abre el detalle, en lectura: TOTAL ACTIVO, PATRIMONIO NETO + PASIVO y RESULTADO DEL EJERCICIO.
- Debajo constan Balance de situación, Cuenta de pérdidas y ganancias y Memoria.
- En Aprobación por la junta general, indicar Fecha del acuerdo y pulsar Registrar aprobación.
- Confirmar en el diálogo Registrar la aprobación de la junta con Sí, registrar.
Paso 4. Comprobar la aprobación registrada
En la pestaña Registro Mercantil, la Fecha de aprobación en Junta recoge la que indicó el titular. La gestoría la usa para el depósito.
Resultado
Se guardan la fecha del acuerdo, el nombre del titular, la hora y la IP en las cuentas anuales. El portal pasa a mostrar «Estas cuentas quedaron aprobadas» con la fecha y quién las registró.
Fechas de la aprobación
| Campo | Qué admite | Obligatorio | Efecto |
|---|---|---|---|
| Fecha del acuerdo (portal) | Fecha no posterior a hoy | Sí | Registra la aprobación con nombre del titular, hora e IP. No se puede repetir desde el portal. |
| Fecha de formulación (art. 253 LSC) | Fecha | No | Se anota en la pestaña Registro Mercantil. |
| Fecha de aprobación en Junta (art. 164 LSC) | Fecha | No | Fecha del acuerdo que viaja al depósito; precarga el formulario del portal. |
Problemas frecuentes
- Cuentas Anuales no figura en el menú del portal del cliente.
- Las cuentas siguen en borrador, o la sección Modelos Fiscales y Calendario está desactivada en su portal. Aprobarlas o activarla.
- «Solo el titular de la cuenta puede registrar la aprobación de la junta.»
- Ha entrado otro usuario del portal. El registro corresponde al titular.
- «La fecha de la junta no puede ser futura.»
- La fecha indicada es posterior a hoy. Introducir la fecha real del acuerdo.
- «Estas cuentas ya tenían registrada la aprobación de la junta.»
- La aprobación ya consta y no se repite desde el portal. La gestoría puede corregir la fecha en Registro Mercantil.
- La fecha de la junta no cambia al guardar las fechas.
- El titular ya registró la aprobación. Marcar la casilla de confirmación que aparece y guardar de nuevo.
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